Hace unos años,
recuerdo al alcalde Eduardo Táutiva cuando decía, que no quería estar en los
zapatos del alcalde que le tocara administrar el municipio en el año 2016,
porque se terminaría el transporte escolar. Vino después la administración del
alcalde Gentil Gómez Oliveros y durante su mandato se prestó el servicio, tanto
en la zona urbana como rural. Ahora en la administración del 2016 con el
alcalde Miguel Antonio Parra, en el acto de celebración de los 50 años de la
Institución Educativa Gabriela Mistral, dijo que había problemas para la
prestación del servicio de transporte escolar y por su puesto empezaron las
especulaciones sobre si se prestaba o no.
El hecho es
que en el momento en que estaba la licitación a punto de cerrarse para la adjudicación
y contando con los recursos, se conoce el documento de Planeación Nacional
donde casi se prohíbe el uso de recursos de regalías para el pago de transporte
y alimentación escolar por aquello de las brechas y desigualdades sociales.
Pero este mismo Departamento de Planeación Nacional antes del documento “Bases
del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, decía que para evitar la deserción
escolar se debía crear un incentivo de la permanencia en las regiones con
mayor deserción, realizar acciones focalizadas: transporte escolar, alimentación escolar.
Pero existe un fallo de la Corte Constitucional que ampara el derecho y
dice;
“La Corte considera necesario tener presente
que el servicio de transporte escolar de los niños y niñas, en especial
aquellos que residen en zonas alejadas de la institución educativa o de difícil
acceso, es una prestación propia del derecho a la educación. Esta ha sido la
conclusión que ha planteado la jurisprudencia constitucional, la cual ha
señalado que el transporte escolar en las circunstancias planteadas es un
componente esencial de la accesibilidad material al derecho a la educación, de
acuerdo a como lo comprende el derecho internacional de los derechos
humanos. A partir de esta comprobación, la Corte ha adoptado diversos
fallos en los que ha protegido dicha faceta de accesibilidad, a través de
órdenes dirigidas a asegurar el transporte escolar.” Sentencia T-890/13.
Por esta razón el alcalde Miguel Parra, deberá agotar los recursos
necesarios para garantizar a la población estudiantil el derecho al transporte
escolar y seguramente tendrá que revisar a quiénes y a dónde se puede prestar
el servicio, por ejemplo si se debe
prestar a los jóvenes que estudian en la cordillera en la Institución Educativa
Kualamaná, cuando en el casco urbano existen Instituciones, para cursar sus estudios sin necesidad de
transportarse a la zona rural cuyo costo es más alto.
Alguien me decía que recordaba cuando el estudio se hacía con sacrificio
y se valoraba el esfuerzo, se caminaba horas desde la casa a la escuela y se
regresaba pensando siempre, en que lo importante era estudiar para tener un
mejor futuro y fueron muchos los que lograron salir adelante y lograr sus
profesiones. A veces cuando se tiene todo no se valora y en muchos casos se
desaprovecha la oportunidad porque toma valor el dicho de “si nada nos cuesta hagámoslo
fiesta”.