jueves, 31 de marzo de 2016

Miguelito a recuperar el espacio público


Más de uno sorprendido por la vista de la Magistrada del Tribunal Administrativo del Tolima, revisando diferentes sitios, para comprobar si la Alcaldía de Melgar estaba cumpliendo con la recuperación del espacio público que ordenó por fallo de impugnación el Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta.

Vamos con un poco de historia. En el año de 1987 los señores Ángel Enrique Godoy Triana y José William Díaz Morales, presentan una acción popular contra el municipio de Melgar con el objeto que se protejan los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, la defensa del patrimonio público y la realización de construcciones, edificaciones y desarrollo urbano que dé prevalencia a la calidad de vida de los habitantes, Esta acción popular fue fallada en contra del municipio y este apeló ante el Tribunal Administrativo del Tolima que con sentencia del 5 de julio del 2002 confirma la decisión del Juez municipal y terminan impugnando el acto ante el Consejo de Estado, el cual falla con fecha de octubre del mismo año confirmando la sentencia impugnada, y solo amplía el término concedido por el Tribunal para que la Alcaldía de Melgar pudiera cumplir con lo fallado es decir la reubicación de los vendedores ambulantes.

Para cumplir con la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima y reubicar los vendedores ambulantes, la administración de la época decide tomar en arrendamiento el lote más conocido como del Bolivariano, hoy situado cerca al puente peatonal, y los beneficiarios se comprometían a pagar un canon de arrendamiento mensual a la tesorería del municipio. El arriendo de este lote donde se encuentran varias casetas es cancelado mensualmente por la administración municipal, y lo que no se sabe es si cada uno de los beneficiarios ha seguido pagando el valor mensual, y si los que en su época fueron beneficiarios hoy gozan de su uso, o fueron cedidos o arrendados a terceros.

La verdad es que hoy 14 años después, el Tribunal decide confirmar, si se está cumpliendo o no con la recuperación, la cual según la Magistrada, es más caótica, y es al Alcalde Miguel Parra a quien le toca darse la pela de impopularidad y proceder a darle cumplimiento al fallo del Consejo de Estado, so pena de ser sancionado por desacato. Y es la organización del comercio sin afectación al espacio público.

Lo que está autorizado para los comerciantes formales, es decir los que pagan el impuesto de industria y comercio, avisos y están debidamente registrados en Cámara de Comercio, es el uso de un metro desde su fachada en los andenes que fueron ampliados y  se conocen como alamedas, lo demás es simple y llanamente ocupación indebida del espacio público.